El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Pergamino condenó a un hombre de 46 años por abuso sexual con acceso carnal agravado y reiterado. La madre de la víctima fue absuelta por el beneficio de la duda al no acreditarse que tuviera conocimiento efectivo de los hechos.
Pergamino: condenan a padrastro a 10 años por abuso sexual y absuelven a la madre
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Pergamino condenó a diez años de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre de 46 años al hallarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia y por haber sido cometido de manera reiterada en el tiempo.
Según se acreditó durante el debate oral y público, los hechos comenzaron cuando la víctima tenía 9 años y convivía con el acusado, quien mantenía una relación de pareja con la madre de la menor. El tribunal consideró probado un contexto prolongado de vulneración de la integridad sexual en el ámbito doméstico, marcado por una relación de autoridad y asimetría de poder.
En la valoración probatoria, los magistrados otorgaron especial relevancia al testimonio de la víctima, al que describieron como coherente, persistente y compatible con el resto de la prueba producida. Asimismo, ponderaron informes técnicos de profesionales intervinientes durante la investigación. Si bien señalaron que ningún elemento aislado resultaba determinante por sí solo, entendieron que el conjunto probatorio alcanzó el grado de certeza requerido para una condena penal.
Al momento de fijar la pena, el tribunal consideró como agravantes la reiteración de los hechos, la extensión temporal de la conducta, la edad de la víctima al inicio de los abusos y el abuso de confianza derivado de la convivencia. Como atenuante, se valoró la falta de antecedentes penales del imputado. No obstante, concluyeron que la gravedad objetiva del caso justificaba la imposición de una pena de diez años de prisión efectiva.
En la misma resolución, el tribunal analizó la situación de la madre de la víctima, quien había sido acusada como partícipe necesaria. Los jueces determinaron que no se acreditó con certeza que tuviera conocimiento efectivo y comprobado de los hechos. En aplicación del principio de inocencia y ante la insuficiencia de prueba concluyente, resolvieron absolverla por el beneficio de la duda.





















