La CGT se alista para enfrentar el paquete de reformas que impulsa el Gobierno
La Confederación General del Trabajo (CGT) ya se prepara para resistir el paquete de leyes que el Gobierno de Javier Milei buscará aprobar con la nueva composición del Congreso. Entre las iniciativas figura la reforma laboral, que —según advierten los gremios— podría implicar un recorte de derechos, la modificación de convenios colectivos y la ampliación de la jornada laboral, bajo el argumento oficial de que tales medidas atraerían inversiones y generarían una “explosión” de empleo.
La administración libertaria trabaja en tres proyectos centrales: una reforma laboral, otra fiscal y una tercera previsional. Paralelamente, el Gobierno explora alianzas parlamentarias que le permitan garantizar la aprobación de las leyes a partir del 10 de diciembre, cuando asuma el nuevo Congreso. Incluso se evalúa la posibilidad de convocar a sesiones extraordinarias durante el verano para acelerar el debate legislativo.
El flamante cosecretario general de la CGT, Jorge Sola, advirtió en diálogo con Radio 750 que “cualquier intento de reflotar el DNU 70/2023 a través de un proyecto de reforma laboral contará con nuestra negativa”.
En diálogo con Radio 750, el dirigente recordó que “nosotros expresamos nuestra posición hace 15 días. Hay algunos proyectos con estado parlamentario, pero parece que no es el definitivo”.
El mega DNU al que hace referencia Sola fue el punto de partida del paquete de recortes de derechos impulsado por el presidente Javier Milei pocos días después de asumir el poder, en diciembre de 2023. En ese momento, la CGT presentó una acción de amparo ante la Justicia para frenar su aplicación.
El decreto pretendía imponer una reforma laboral sin pasar por el Congreso, pero la Cámara Nacional del Trabajo falló a favor de la central obrera, al considerar que la norma vulneraba el derecho a huelga, la Constitución Nacional, los tratados internacionales y las negociaciones colectivas.
Sola señaló que, por ahora, “los trascendidos que circulan deben tomarse como tales”, aunque admitió su preocupación ante la posibilidad de que el Gobierno avance nuevamente en la misma dirección. “Por eso no tuvimos un contacto formal. Estuvimos alerta en ese sentido”, precisó.
El dirigente gremial advirtió además que “si se replica ese DNU, estarían poniendo el carro delante del caballo, porque primero hay que pensar en una modernización en una etapa de crecimiento. Reformar algo no va a generar más y mejor trabajo”.
Consultado sobre una eventual reunión con el Gobierno, Sola respondió: “Vamos a ser claros: la posibilidad de la protesta la vamos a llevar adelante, pero vamos a ser estratégicos en la discusión parlamentaria”. Y concluyó: “Todavía no tenemos ni siquiera el llamado para una reunión. Por supuesto, cuando ocurra será pública, y vamos a dejar expresada nuestra posición en ese sentido”.
Reforma laboral: pocos detalles y muchas especulaciones
Hasta el momento, el Gobierno no oficializó el texto del proyecto de reforma laboral. Sin embargo, trascendió que desde el Ejecutivo evalúan incorporar modificaciones a una iniciativa presentada en 2024 por la diputada libertaria Romina Diez, que ya cuenta con estado parlamentario.
Ese proyecto propone modificar el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976), habilitando a los empleadores a “introducir todos los cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo”, siempre que tales cambios no impliquen “un ejercicio irrazonable de esa facultad”, ni alteren las “modalidades esenciales del contrato” ni provoquen “perjuicio material o moral al trabajador”.
La iniciativa también establece que, en caso de que el empleador disponga medidas prohibidas por ese artículo, el trabajador podrá “optar por considerarse despedido sin causa”.
Otro de los puntos destacados del proyecto es la posibilidad de extender la jornada laboral de ocho a doce horas mediante la implementación de bancos de horas o regímenes especiales, garantizando al menos doce horas de descanso entre cada jornada.
Vacaciones: el proyecto habilita que el empleador defina las fechas
El artículo décimo del proyecto de reforma laboral propone modificar el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo, referido al régimen de vacaciones. Según el texto, será el empleador quien determine las fechas de inicio del período vacacional, con la obligación de notificar por escrito al trabajador con una anticipación mínima de 21 días.
Además, el proyecto establece que cada empleado deberá gozar de vacaciones durante la temporada de verano al menos una vez cada dos años. “Cuando las vacaciones no se otorguen en forma simultánea a todos los trabajadores de la empresa, el empleador deberá proceder de modo que cada trabajador goce del descanso completo en una temporada de verano cada dos períodos, salvo que el trabajador opte en contrario”, detalla la propuesta.
El texto también incorpora la posibilidad de fragmentar el período de descanso anual, dejando en manos de la empresa la determinación o aprobación de esa división. “Las vacaciones podrán otorgarse en forma fragmentada y por períodos no inferiores a una semana”, precisa el documento, aunque no especifica qué parte —el empleador o el trabajador— podrá decidir sobre esa fragmentación.
Indemnizaciones y juicios laborales: cambios que reducen la compensación al trabajador
El artículo 17 del proyecto de reforma laboral —que reemplaza al artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo— introduce modificaciones sustanciales en el sistema de indemnizaciones y créditos laborales, con un impacto directo sobre los montos que perciben los trabajadores en casos de despido o conflicto judicial.
De acuerdo con la iniciativa, las actualizaciones de las deudas laborales quedarán limitadas a la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec, más un interés puro del 3% anual. Esto implica una reducción significativa frente a los parámetros que los tribunales venían aplicando en juicios prolongados, donde las variaciones solían ser mayores.
El proyecto también fija topes a los honorarios profesionales, al establecer un límite del 20% en los pactos de cuota litis en juicios laborales. Esta medida, según especialistas, podría perjudicar tanto a los trabajadores demandantes como a sus abogados defensores.
Asimismo, se habilita a las pequeñas y medianas empresas (PyMES) a pagar las indemnizaciones en hasta 12 cuotas mensuales, una flexibilización que busca aliviar la carga financiera de los empleadores.
En conjunto, estos cambios reducen la presión económica sobre las empresas ante eventuales litigios, al volver más previsible y menos costoso el proceso judicial. Aunque la reforma no altera la fórmula de cálculo de las indemnizaciones, desvaloriza los montos finales al limitar los intereses y las actualizaciones durante el tiempo que dure el juicio.
Licencias por enfermedad: más controles y nuevas sanciones
El proyecto de reforma laboral incorpora criterios más estrictos para el otorgamiento de licencias por enfermedad o accidente laboral, según lo establecido en su artículo 12, que modifica el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo.
El texto mantiene los plazos vigentes de tres meses de licencia paga para trabajadores con menos de cinco años de antigüedad, y seis meses para quienes superen ese tiempo de servicio. En los casos en que el empleado tenga familia a su cargo, los períodos de licencia se extienden a seis y doce meses, respectivamente.
Sin embargo, introduce un cambio relevante: si el empleador duda de la veracidad del certificado médico presentado, podrá realizar una denuncia ante la Secretaría de Trabajo. A partir de allí, el Ministerio de Capital Humano deberá proveer un listado de peritos médicos habilitados para revisar el diagnóstico. Estos especialistas podrán convocar al profesional firmante del certificado, solicitar nuevos estudios o exámenes y adoptar las medidas necesarias para corroborar o modificar el diagnóstico original.
Respecto a la conservación del empleo una vez vencidos los plazos de licencia, el empleador estará obligado a mantener el puesto durante un año adicional. Si al término de ese período el trabajador no se reincorpora, cualquiera de las partes podrá dar por finalizada la relación laboral sin derecho a indemnización.
Planes sociales: suspensión y baja para quienes consigan empleo formal
Uno de los ejes centrales del proyecto de reforma laboral es el fomento del empleo registrado a través de beneficios fiscales para las empresas que incorporen nuevo personal.
La iniciativa contempla la entrega de bonos fiscales y la reducción de contribuciones patronales durante los primeros 18 meses de contratación, con especial atención a las micro y pequeñas empresas (MiPyMEs).
En el caso de los trabajadores que actualmente perciben planes sociales, el proyecto establece que la incorporación a un empleo formal implicará la suspensión del beneficio por un período de hasta trece meses. Si la relación laboral se mantiene después de ese tiempo, se procederá a la baja definitiva del plan.
“Los beneficios de esta ley serán aplicables a los sujetos empleadores que incrementen su nómina de trabajadores declarados”, señala el texto del proyecto, en alusión al objetivo de incentivar la creación de empleo registrado y reducir la informalidad laboral.
Compensaciones que dejarán de computar para indemnización y aportes
El proyecto de reforma laboral introduce una redefinición del concepto de remuneración, al ampliar la lista de beneficios sociales que podrán otorgarse de manera no remunerativa, es decir, que no integran el salario a los efectos del pago de aportes, aguinaldo o cálculo de indemnizaciones.
Según el texto, en el artículo 103 bis se incorporan como prestaciones no salariales los beneficios vinculados a comida, reintegros médicos, guarderías, útiles escolares, ropa de trabajo, capacitaciones, telefonía e internet, entre otros destinados —según los fundamentos del proyecto— a “mejorar la calidad de vida del trabajador y su familia”.
“El otorgamiento de las prestaciones sociales será en todos los casos a título gratuito y no remunerativo, sin que ello constituya salario o retribución a los efectos legales”, señala la iniciativa.
El proyecto lleva las firmas de los diputados Lorena Villaverde, Gabriel Bornoroni, Mercedes Llano, José Luis Espert (actualmente de licencia), Lilia Lemoine, Nicolás Mayoraz, Nicolás Emma, Guillermo Montenegro, Bertie Benegas Lynch, Manuel Quintar, Lisandro Almirón, Carlos Zapata, Nadia Márquez y Facundo Correa Llano. Algunos de ellos han sido mencionados en distintas causas judiciales de alto perfil, aunque sin imputaciones formales al momento.