El proyecto plantea que aspirantes a cargos electivos y funcionarios del Poder Ejecutivo deban aprobar una evaluación de idoneidad psicológica antes de postularse o asumir funciones.
La diputada nacional de La Libertad Avanza, Mercedes Llano, presentó un proyecto de ley que propone implementar exámenes psicológicos obligatorios para candidatos a cargos electivos y para autoridades del Poder Ejecutivo.
La iniciativa plantea la realización de una “Evaluación de Idoneidad Psicológica Funcional”, que debería realizarse antes de la oficialización de candidaturas o de la asunción en funciones.
La legisladora sostuvo que la medida apunta a garantizar que quienes ocupen cargos de conducción política cuenten con las condiciones necesarias para ejercer responsabilidades públicas.
Según el proyecto, el objetivo es “garantizar que quienes conduzcan los destinos del país cuenten con las aptitudes conductuales, emocionales y cognitivas necesarias para el ejercicio del liderazgo estatal”.
El texto también define el concepto de idoneidad psicológica funcional como la posesión de las capacidades conductuales, emocionales y cognitivas indispensables para ejercer el mando político y la representación ciudadana.
La propuesta establece que los candidatos a presidente y vicepresidente de la Nación deberán someterse a esta evaluación como requisito previo y obligatorio para poder oficializar sus postulaciones ante la Justicia Electoral.
Además, la iniciativa contempla que los legisladores nacionales electos también deberán acreditar la evaluación antes de asumir sus bancas, al igual que quienes aspiren a ocupar cargos superiores dentro del Poder Ejecutivo Nacional, requisito que deberán cumplir antes de su designación o asunción.
El proyecto señala que las evaluaciones deberán ser realizadas por organismos especializados, independientes y técnicamente idóneos, designados de acuerdo con lo que establezca la reglamentación correspondiente.
Asimismo, se establece que el proceso tendrá carácter estrictamente confidencial. En ese sentido, únicamente se informará el resultado final —expresado como “Apto Funcional” o “No Apto Funcional”— a la Justicia Electoral o al organismo correspondiente, sin incluir datos clínicos ni fundamentos técnicos detallados.
























