Inocencia Fiscal: el Gobierno reglamentó un blanqueo permanente para captar los “dólares del colchón”

En un contexto de escasez de divisas, el Gobierno puso en marcha la Ley de Inocencia Fiscal, que eleva de manera significativa los umbrales de evasión, habilita un amplio perdón tributario y activa el Régimen Simplificado de Ganancias para incentivar la incorporación de dólares no declarados al sistema formal.

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El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa orientada a captar los llamados “dólares del colchón” y reforzar las reservas en un escenario de debilidad cambiaria. La norma, sancionada a fines del año pasado, fue activada mediante un decreto que puso en funcionamiento el Régimen Simplificado de Ganancias y redujo de forma sustancial las penalidades por evasión.

La medida busca incentivar a los contribuyentes con activos no declarados a volcarlos al circuito formal. A cambio, el Ejecutivo ofrece un esquema de perdón fiscal que modifica de manera profunda el Régimen Penal Tributario y el Código Civil y Comercial. En los hechos, se elimina la revisión de incrementos patrimoniales y consumos no declarados, siempre que el contribuyente cumpla en adelante con la facturación exigida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Uno de los aspectos centrales de la ley es la creación del Régimen Simplificado de Ganancias, destinado a personas con un patrimonio de hasta 10.000 millones de pesos. Bajo este esquema, el impuesto se calculará exclusivamente sobre los ingresos facturados, sin considerar aumentos patrimoniales ni gastos, que tampoco podrán ser utilizados como indicios de evasión.

Entre los principales ejes de la medida se destacan el blindaje patrimonial para quienes adhieran, la eliminación de controles sobre bienes personales y consumos pasados, y el llamado “efecto liberatorio”, que impide reclamos posteriores una vez abonado el impuesto determinado por ARCA, salvo que se pruebe la omisión de ingresos facturados.

La normativa también eleva de forma drástica los montos a partir de los cuales una infracción se considera delito penal. El umbral de la evasión simple se incrementa de 1,5 millones a 100 millones de pesos, mientras que el de la evasión agravada pasa de 15 millones a 1.000 millones. Además, el plazo de prescripción se reduce de cinco a tres años.

Por otra parte, se establecen mecanismos para regularizar deudas fiscales pendientes mediante la extinción de acciones penales y multas. ARCA no iniciará denuncias si el contribuyente cancela la deuda con intereses en un pago único, beneficio que podrá utilizarse una sola vez. En caso de no existir denuncia previa, también se habilita la extinción de la acción penal con el pago de la deuda más un recargo del 50 por ciento dentro del plazo previsto.

Como contrapartida al relajamiento de los controles, la reglamentación prevé un aumento significativo de las sanciones económicas para quienes presenten sus declaraciones fuera de término, endureciendo las multas por incumplimientos formales.

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